Comúnmente se asocia la palabra logo con la imagen de un producto o establecimiento, y mercadológicamente es más atraible un logo que nos identifique. Sin embargo, a veces pensamos que el “logo”, difiere de una marca, pero en realidad, una marca se constituye tambien por un logo, de conformidad con nuestra legislación en Propiedad Industrial, la ley reconoce los diseños (logos), como marcas registrables, la condición es que éste no incluya palabras, ya que, de incluir palabras el registro se obtendría en que vamos a registrar, es decir, ¿registro el logo y además la marca de palabras?, siempre lo más recomendable es su registro independiente, es decir obtener un registro para un logo (diseño) y otro para la o las palabras, pues así se pueden usar de manera separada y en un futuro si el logo cambia, puedes seguir conservando el registro de la marca de palabra (nominativa)
Los logos (logotipos), diseños que acompañen a tu marca, forman parte del distintivo de tus productos o servicios y son igual de importantes su registro como el de una marca, conservan la misma vigencia y solo mediante su registro se puede obtener su exclusividad.